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DIRIGENTE DE CLUB Funciones y deberes del: DIRECTOR DE AFILIACION |
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"El director de afiliación deberá ser el presidente del Comité de Afiliación ". - Artículo VII, Sección D (8), Estatutos y Reglamentos Modelo. "El Comité de Afiliación deberá estar compuesto por tres miembros que hayan sido elegidos para un término de tres años. A principios, un miembro servirá por un término de un (1) año, el segundo miembro por dos (2) años, y el tercer miembro por tres (3) años contínuos en un sistema de rotación. Por tanto, el miembro que sirve por un año deberá ser miembro del comité; el miembro que sirve por dos años deberá ser el vicepresidente del comité y el miembro que sirve por tres años deberá servir como el presidente del comité de afiliación y como director o vocal de afiliación en la junta directiva del club". - Artículo IX, Sección F, Estatutos y Reglamentos Modelo. Deberes Las responsabilidades para esta función serán:
Nota: La carpeta para el presidente de club va acompañada del Manual del Asesor de Afiliación de Club" (ME-12), el cual deberá ser entregado al director de afiliación. Este manual contiene información completa sobre: aumento de afiliación, retención de socios, ceremonia de iniciación de nuevos socios, orientación a nuevos socios, como mejorar las operaciones del club y también sobre premios. |